El ministerio público de la Audiencia Nacional asegura que “con esta descripción de los hechos, en España, la sentencia tendría que ser absolutoria”
El antichavista Enzo Franchini, al que Venezuela demanda a España su extradición, ha llegado a la Audiencia Nacional acompañado de su equipo de Defensa y su madre, Elena, a primera hora de la mañana. La madre de Enzo se ha trasladado a vivir a las afueras de Madrid para estar cerca de su hijo en este duro proceso en su contra. La vista extradicional del joven ingeniero tuvo lugar en la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en la Sala 3.
Preguntado por los magistrados, Enzo aseguró que sí conocía los hechos «mas no los reconozco». Asimismo, el joven con doble nacionalidad (italiana y venezolana) se negó a ser extraditado a Venezuela. La Fiscalía le preguntó si había una motivación política en la decisión de las autoridades chavistas de demandar su extradición y ser reclamado por Venezuela. Enzo reconoció que él había participado en movimientos políticos contra el régimen venezolano «y esto no es más que otra persecución contra los que pensamos diferente». Su abogado, Ismael Oliver, de Oliver abogados, le preguntó si pertenecía a un grupo en Venezuela conocido como «La Resistencia», a lo que el joven aseveró que sí era parte de «La Resistencia», un movimiento «opositor al régimen de Maduro. Nosotros, a través de acciones políticas, pacíficas, organizamos manifestaciones con el fin de reivindicar los derechos humanos en Venezuela».
Sentencia absolutoria
Sin embargo, para el ministerio fiscal, «el hecho de estar participando en una manifestación opositora al régimen político que gobierna Venezuela no significa que pueda constituir una salvaguarda que declare la impunidad de cualquier actividad delictiva desarrollada con motivo de una manifestación». Para el fiscal Marcelo Azcárraga, la clave reside en que, en la documentación remitida a España, no se describe ninguna actividad delictiva del reclamado. En la narración de los hechos, «no se hace realmente una imputación a título de participación con relevancia jurídico-penal por parte del reclamado, sino que, incurriendo en un grave defecto, se viene a hacer una exposición del desarrollo de la investigación hasta el punto de llegar a concluir que existen indicios racionales de la participación del reclamado en los hechos», indicó el fiscal. «Únicamente no se describe una conducta participativa directa del reclamado en los mismos. Se viene a decir que el referido sujeto se encontraba presente en el lugar del hecho, en el momento de ocurrir el hecho», es decir, «que estaba presente en el lugar de los hechos, al igual que muchas otras personas», pues se trataba de una manifestación.